El principio de “lo favorable y lo odioso” en el Derecho antiguo se aplicaba para interpretar las leyes de manera más benévola o estricta según el contexto. Aquí tienes tres ejemplos proporcionados por Andrés Bello: 1. Todo lo que atiende a la utilidad común y a la igualdad de las partes, es favorable, y lo contrario es odioso; 2. Todo lo que contiene una pena es odioso; 3. Todo lo que propende a inutilizar un pacto y hacerlo ilusorio es odioso; Este principio no se admitió en el Código Civil chileno porque se buscaba una interpretación más objetiva y uniforme de las leyes, evitando subjetividades. A pesar de lo expuesto en el articulo 23, el principio de “lo favorable y lo odioso” podría aplicarse en el marco del articulo 24, que permite la interpretación de la ley según su espíritu y finalidad, lo que podría incluir consideraciones de equidad y justicia.